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Paquete Ómnibus y CSRD: qué simplificaciones propone la Comisión y cómo planificar el primer informe

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Por Equipo de Ingeniería Certex Innova

En febrero de 2025 la Comisión Europea presentó el llamado Paquete Ómnibus I, una propuesta de simplificación regulatoria que, de prosperar, reduciría significativamente el alcance y la carga documental de la CSRD. Para las empresas en cohorte 2 —grandes no cotizadas que deberían reportar sobre el ejercicio 2025— la propuesta abre un escenario de incertidumbre real: ¿seguir preparando el informe completo o esperar a saber qué aprueba el legislador europeo? Conocer el contenido exacto de la propuesta y la mecánica del proceso legislativo permite tomar esa decisión con criterio, sin apostar ni en un sentido ni en otro.

Qué propone el Paquete Ómnibus para la CSRD

La propuesta de simplificación de la Comisión Europea incide en cuatro ejes principales de la CSRD que afectan directamente a la planificación operativa de los equipos de sostenibilidad y finanzas.

Umbral de empleados. El cambio más visible es la elevación del umbral de obligados: la propuesta plantea circunscribir la obligación a empresas con más de 1.000 empleados, en lugar de las 250 que marca la directiva original. Si se adoptara tal cual, las empresas con entre 250 y 999 empleados quedarían fuera del ámbito obligatorio directo.

Reducción del contenido de divulgación. La propuesta pide una reducción sustancial del número de puntos de datos exigidos dentro del Set 1 ESRS. El objetivo declarado es hacer el reporting más proporcional y centrado en la información que el mercado financiero y los grupos de interés consideran verdaderamente relevante. Los ESRS no desaparecen como marco, pero el número de datapoints obligatorios dentro de cada estándar se recortaría de forma significativa.

Aplazamiento para cohortes 2 y 3. La propuesta incluye un retraso de dos años en las obligaciones de la cohorte 2 (grandes empresas no cotizadas) y de la cohorte 3 (pymes cotizadas en mercados regulados). Las grandes no cotizadas pasarían a reportar sobre el ejercicio 2027, en lugar del 2025; las pymes cotizadas, sobre 2029 en lugar de 2027.

Estándares sectoriales. El Ómnibus I propone aplazar indefinidamente los ESRS sectoriales que EFRAG estaba desarrollando. Añadir carga adicional específica por sector contradice el objetivo de simplificación, y la Comisión opta por no publicar estos estándares hasta que el marco general quede estabilizado.

Qué empresas quedarían dentro o fuera del ámbito si la propuesta prospera

Si el umbral de 1.000 empleados se confirma en el texto definitivo, el mapa de obligados cambia de forma relevante para las empresas medianas y grandes españolas.

Las empresas cotizadas del mercado regulado europeo con más de 500 empleados (cohorte 1) siguen dentro sin cambios: comenzaron a reportar sobre el ejercicio 2024 y el Ómnibus no propone ninguna modificación para ellas.

Las grandes no cotizadas con más de 1.000 empleados seguirían obligadas, pero con el calendario revisado. Las que tienen entre 250 y 999 empleados quedarían exentas de la obligación directa, aunque podrían recibir requerimientos de información por la vía indirecta de la cadena de valor: un cliente grande obligado puede exigir datos de Scope 3 a sus proveedores para cubrir su propio reporte.

Las pymes cotizadas verían también su calendario ampliado. Para ellas, el marco voluntario VSME de EFRAG sigue siendo la herramienta más útil para estructurar la información que los mercados ya les demandan de forma informal.

Un aviso que conviene subrayar: hasta que el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE no adopten definitivamente la propuesta, el texto vigente de la directiva CSRD es el marco legal aplicable. Ninguna empresa puede asumir que quedará exenta basándose únicamente en la propuesta de la Comisión, que puede modificarse durante la tramitación.

Qué sigue exigiéndose con independencia del Ómnibus

El Ómnibus no elimina la CSRD para las grandes empresas: la simplifica. Para quienes sigan dentro del ámbito, los cambios más operativos se centrarían en la reducción de datapoints; el núcleo obligatorio permanece.

El bloque climático permanece intacto. El análisis de doble materialidad, el plan de transición climática y las métricas de Scope 1, 2 y 3 forman el núcleo que el mercado financiero demanda con independencia del marco regulatorio. ESRS E1 era el estándar más exigente antes de la propuesta y seguirá siéndolo después. Toda la preparación documental orientada a este bloque tiene plena vigencia en cualquier escenario.

Auditoría e iXBRL se mantienen. La propuesta no elimina el aseguramiento externo ni el etiquetado digital iXBRL. El verificador seguirá siendo obligatorio, y el informe deberá presentarse en formato electrónico conforme al ESEF. Esto afecta directamente a los plazos internos: la fecha de presentación del informe integrado de gestión no cambia.

Los grupos con filiales siguen debatiendo perímetro. El Ómnibus refuerza la posibilidad de que filiales exentas queden cubiertas bajo el informe consolidado de la empresa matriz, siempre que este cumpla los requisitos de divulgación equivalentes. Para grupos con estructura de holding en Europa que debaten qué entidades reportan individualmente, este punto es uno de los más relevantes de la propuesta.

Las políticas ESG documentadas siguen siendo exigibles. Los estándares ESRS obligan a documentar políticas formales para cada tema material identificado. La reducción de datapoints no afecta a la exigencia de que esas políticas existan, estén escritas y sean verificables por el auditor.

Cuatro criterios para planificar sin certeza sobre el resultado final

La principal dificultad del Ómnibus para los equipos de sostenibilidad es la misma que genera cualquier norma en tramitación: hay que tomar decisiones de presupuesto, contratación y datos antes de conocer el texto definitivo.

Primero: identificar si el cambio de umbral te afecta. Si la empresa tiene más de 1.000 empleados, planifica con el marco completo vigente. Si está entre 250 y 999, tiene sentido preparar un nivel básico de información —bloque climático y políticas materiales— sin invertir en la estructura completa del Set 1 hasta tener más certeza sobre el texto final.

Segundo: no interrumpir la recogida de datos de emisiones. Los datos de Scope 1, Scope 2 y las categorías principales del Scope 3 son necesarios tanto bajo el marco actual como bajo cualquier versión simplificada. Los datos de un ejercicio cerrado no se recuperan. Interrumpir la recogida de datos mientras se espera la norma final es el error más costoso que se puede cometer a largo plazo.

Tercero: avanzar en el análisis de doble materialidad. El análisis de materialidad define qué estándares ESRS aplican a la empresa. Es la base de cualquier versión del informe, simplificada o completa. Realizarlo ahora, con la metodología del ESRS 1, aporta valor independientemente del resultado del Ómnibus, y el auditor lo revisará en cualquier escenario.

Cuarto: monitorizar el estado legislativo con fuentes oficiales. El proceso de co-decisión entre el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE puede producir un texto diferente al de la propuesta de la Comisión. El portal EUR-Lex y el sitio de EFRAG son las referencias para seguir el estado del procedimiento legislativo. Ningún artículo ni consultoría puede anticipar el texto definitivo.

Para estructurar el primer informe con la trazabilidad documental que el auditor exigirá, Emision Reporta ofrece un entorno de trabajo que sigue el Set 1 ESRS completo y permite ajustar el perímetro de divulgación cuando el marco definitivo quede confirmado.

Preguntas frecuentes

¿Puede mi empresa suspender la preparación CSRD hasta que el Ómnibus sea definitivo?

No es una decisión sin riesgo. Si la empresa supera 1.000 empleados, la propuesta no la excluye. Si está entre 250 y 999, podría quedar exenta, pero el texto final puede modificar ese umbral durante la tramitación parlamentaria. Suspender completamente la preparación equivale a apostar a que la propuesta se adoptará tal cual y en los plazos previstos, lo que no está garantizado. Lo prudente es avanzar en los elementos que tienen valor en cualquier escenario: datos de emisiones, análisis de materialidad y políticas documentadas.

¿El aplazamiento del Ómnibus aplica a empresas que ya han comenzado a reportar?

No. El aplazamiento propuesto afecta a las cohortes 2 y 3, que aún no habían iniciado su primer ejercicio de reporte cuando se presentó la propuesta. Las empresas de cohorte 1 —grandes cotizadas que comenzaron a reportar sobre el ejercicio 2024— no se ven afectadas por el cambio de calendario propuesto.

¿Qué ocurre si mi empresa es filial de un grupo europeo que sí está obligado?

Si la empresa matriz presenta un informe de sostenibilidad consolidado que cubra a la filial española, esta última puede quedar exenta de preparar un informe individual. El Ómnibus refuerza esta posibilidad, pero las condiciones técnicas para beneficiarse de la exención de filial siguen siendo las mismas: el informe consolidado debe identificar explícitamente a la filial y cumplir los estándares aplicables. El análisis del perímetro en grupos empresariales requiere verificar esto caso a caso.

¿El Ómnibus cambia algo en el reporting de Taxonomía Verde?

La propuesta incluye también cambios en la divulgación de Taxonomía Verde, con el objetivo de reducir la carga de cálculo de los KPIs de facturación, capex y opex elegibles y alineados. Sin embargo, los criterios técnicos de elegibilidad y alineamiento de las actividades no se modifican: lo que cambia es la forma en que se divulga, no qué considera sostenible la taxonomía.

¿Las pymes no cotizadas tienen que hacer algo ante el Ómnibus?

Las pymes no cotizadas no están en el ámbito de la CSRD ni antes ni después del Ómnibus. Sin embargo, el canal de cadena de valor sigue operativo: una empresa grande obligada puede exigir datos a sus proveedores para cubrir su propio reporting de Scope 3 y políticas de abastecimiento. El marco VSME de EFRAG es la herramienta más adecuada para responder a esas peticiones de forma estructurada sin asumir la carga del Set 1 completo.

¿Cuándo se espera el texto definitivo del Ómnibus?

El proceso legislativo europeo de co-decisión no tiene un calendario fijo. La Comisión presentó la propuesta en febrero de 2025; el Parlamento y el Consejo debaten posiciones y enmiendas antes de alcanzar un texto de compromiso. Para conocer el estado actual del procedimiento, la referencia directa son los registros del Parlamento Europeo y EUR-Lex, donde se publican los documentos oficiales del proceso legislativo.

¿El Ómnibus elimina la obligación de verificación externa?

No. La propuesta mantiene el requisito de aseguramiento externo (limited assurance) del informe de sostenibilidad. El auditor sigue siendo obligatorio para las empresas dentro del ámbito. Lo que podría simplificarse es el volumen de evidencias que el auditor tiene que revisar, al reducirse el número de datapoints exigidos.

Próximo paso

La incertidumbre sobre el Ómnibus no suspende la necesidad de actuar. Lo más valioso que se puede construir ahora —con independencia del resultado final— es la base documental: datos de emisiones del ejercicio en curso, análisis de doble materialidad completado y políticas ESG escritas para los temas materiales. Cuanto antes se construya esa base, más fácil será adaptar el informe al marco que finalmente se adopte. Si quieres estructurar ese proceso con una herramienta diseñada para el Set 1 ESRS y con trazabilidad para el auditor, Emision Reporta es el punto de partida.

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